Puede un banco no renovar o cancelar mi financiación

Puede un banco no renovar o cancelar mi financiación. Derechos de la empresa o negocio. Obligaciones de la entidad bancaria.

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No renovar o cancelar mi financiación

Si dispones de una línea de crédito para pyme o autónomo, línea de avales, de un contrato de descuento o de factoring, o incluso varios de ellos, te interesará saber qué derechos te respaldan ante una entidad de crédito (los bancos, las cajas de ahorro, las cooperativas de crédito o el Instituto de Crédito Oficial) o un establecimiento financiero de crédito.

En primer lugar, si tu entidad decide no prorrogar o cancelar tu flujo de financiación, no lo puede hacer de un día para otro, sino que debe avisarte con tres meses de antelación por un medio que permita dejar acuse de recibo. Contarás así con un plazo de tiempo para buscar financiación en otras entidades y evitar que te quedes sin la liquidez que necesitas.

Este derecho a tres meses de preaviso no solo está pensado para el caso de cancelación del crédito, sino también en los casos en los que tu entidad pretenda reducir, al menos, en un 35% la financiación global concedida. Por eso, estate atento si te ofrecen o bien firmar nuevos contratos o bien la prórroga de los vigentes pero reduciendo su importe: puede que te estén recortando la financiación concedida sin avisarte con tiempo suficiente.

Puede un banco no renovar o cancelar mi financiación

Excepciones

Ten presente también que esta regla general tiene excepciones. Así, las entidades pueden reducir o cancelar la financiación sin respetar este plazo en los siguientes supuestos:

  • la declaración de concurso de acreedores
  • el incumplimiento de obligaciones del contrato por parte del cliente
  • y razones objetivas basadas en el empeoramiento de las condiciones financieras de forma importante e imprevista.

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Información Financiera-PYME

Por otro lado, si la pyme o el autónomo lo solicitan, las entidades están obligadas a preparar un informe de solvencia llamado Información Financiera-PYME. Es un informe muy completo en el que se resume la situación financiera, el nivel de endeudamiento y el historial de pagos del cliente. Además, en el informe se ha de incluir una calificación de riesgo que, para entendernos, es la nota obtenida en la evaluación de la capacidad de pago y en la que se fijan las entidades para decidir si conceder financiación o no. La Información Financiera-PYME puede serte útil para acceder más fácilmente a otras fuentes de financiación.

Este informe puede tener un coste para el cliente que lo pida. El precio no es fijo y variará según cada entidad, por lo que te recomendamos informarte previamente.

Por último, en el caso de que la entidad haya decidido cancelar o reducir como mínimo un 35% la financiación concedida, está obligada a entregar de forma gratuita la Información Financiera-PYME aunque el cliente no la solicite. Para ello, la entidad cuenta con un plazo máximo de diez días hábiles desde que comunicó la decisión.

Fuente: Banco de España

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